Metodología · Art. 4 RD 902/2020 · Base técnica de la retribución justa

Valoración de puestos: los 4 factores del RD 902/2020*

Cómo asignar un valor objetivo a cada puesto de trabajo usando los 4 factores exigidos por la norma (conocimientos, iniciativa, responsabilidad, condiciones), con ejemplo de puntuación real y errores comunes que sesgan el sistema por género.

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Última actualización: julio de 2026 · Lectura aprox.: 8 min
Norma
RD 902/2020 · art. 4
Factores obligatorios
4 mínimos
Aplicación
Base de la auditoría
Reto principal
Evitar sesgo género

Qué es la valoración de puestos y por qué la exige la ley

La valoración de puestos de trabajo es la técnica que permite asignar un valor objetivo a cada puesto en función de lo que realmente exige (no de quién lo ocupa). Es la única forma de comparar puestos "de igual valor", como obliga el art. 4 del RD 902/2020.

Su función no es solo de cumplimiento: es la base técnica de todo sistema retributivo justo. Sin valoración de puestos, cualquier banda salarial es susceptible de ser cuestionada en la auditoría retributiva o en un procedimiento por discriminación indirecta.

Los cuatro factores del art. 4 RD 902/2020

La norma exige que el sistema de valoración considere, como mínimo, cuatro factores. Cada uno debe descomponerse en subfactores para que la valoración sea objetiva y verificable:

FactorSubfactores típicos
1. Conocimientos y aptitudesFormación reglada, formación complementaria, experiencia previa requerida, idiomas, competencias digitales.
2. Iniciativa y autonomíaComplejidad de las decisiones, marco de referencia (procedimiento definido vs. criterios propios), capacidad de resolución de problemas.
3. ResponsabilidadResponsabilidad sobre personas (gestión de equipo), sobre resultados económicos, sobre recursos materiales, sobre datos confidenciales.
4. Condiciones de trabajoEsfuerzo físico, esfuerzo mental, penosidad, riesgo, dedicación horaria, movilidad geográfica.

Los tres requisitos legales: adecuación, totalidad y objetividad

El sistema de valoración debe cumplir tres principios establecidos por el art. 4 RD 902/2020:

Sesgo de género típico: los puestos ocupados mayoritariamente por mujeres (limpieza, cuidados, atención al cliente) tienden a puntuar bajo en "responsabilidad" y "condiciones" cuando el sistema de valoración no incluye subfactores como atención continuada, esfuerzo emocional o trato con personas vulnerables. Un buen sistema de valoración corrige este sesgo.

Ejemplo práctico de puntuación

Un sistema típico asigna a cada factor una puntuación máxima que suma 1000 puntos. La ponderación se decide antes de evaluar, no después:

FactorPesoEjemplo: Comercial SeniorEjemplo: Contable Junior
Conocimientos y aptitudes300230210
Iniciativa y autonomía250210110
Responsabilidad300250140
Condiciones de trabajo1509060
Total1000780520

Con esta valoración, los dos puestos no son de igual valor. Si la brecha salarial entre ambos coincide proporcionalmente (una diferencia del 33% en salario ~ 33% en puntos), está justificada. Si el Comercial cobra el doble y solo vale un 50% más, hay un problema que la auditoría retributiva tendrá que analizar.

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Cómo se integra la valoración en el organigrama

Aunque la valoración de puestos es una metodología separada, el resultado se refleja en tres sitios de tu organigrama:

En Organigrama Online estos tres campos ya están disponibles en el modo Avanzado. Al descargar el Registro Retributivo o la auditoría, los cálculos por puesto de igual valor se hacen automáticamente.

Errores comunes al valorar puestos

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar un sistema de valoración estándar?
Sí, hay sistemas comerciales (Hay, Mercer, Willis Towers Watson) reconocidos internacionalmente. Su ventaja: benchmark externo. Su coste: entre 3.000 € y 15.000 €. Para pymes es viable adaptar un sistema propio con los 4 factores del RD 902/2020.
¿Cada cuánto se revisa la valoración?
Cuando cambian sustancialmente los contenidos del puesto (nuevas responsabilidades, cambios tecnológicos, reorganización). En cualquier caso, revisión completa al menos coincidiendo con el ciclo del Plan de Igualdad (máximo 4 años).
¿La valoración de puestos se negocia con la RLT?
Cuando forma parte del Plan de Igualdad, sí. La metodología, los factores y la ponderación se negocian con la comisión de igualdad. Los resultados individuales pueden mantenerse con acceso restringido.
¿Qué pasa si la valoración detecta puestos infravalorados históricamente?
Se documentan las medidas correctoras en el plan de actuación de la auditoría retributiva. Habitualmente se aplica una subida escalonada a lo largo de 2-3 años para llegar al nivel adecuado, evitando impacto presupuestario brusco.
¿La antigüedad puede compensar diferencias entre puestos?
La antigüedad es un complemento salarial (art. 26.3 ET). Puede justificar una parte de la diferencia entre dos personas del mismo puesto, pero no debe usarse para ocultar discriminación entre puestos de igual valor ocupados por distinto sexo.
¿Puedo usar solo el sistema del convenio?
Depende. Si el convenio incluye un sistema completo de valoración con los 4 factores del RD 902/2020, sí puede usarse. Si solo define categorías genéricas (muy habitual), se necesita un sistema complementario específico de la empresa.
Aviso: esta página tiene carácter divulgativo. No sustituye al asesoramiento jurídico o laboral. Para la aplicación concreta en tu empresa consulta a tu asesor o a la representación legal de los trabajadores. Última revisión: julio de 2026.

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