Qué es la auditoría retributiva y por qué la exige el RD 902/2020
La auditoría retributiva es el instrumento con el que las empresas con Plan de Igualdad obligatorio comprueban que su sistema de retribución no genera discriminación —directa o indirecta— por razón de sexo. Está regulada por el art. 8 del RD 902/2020, de 13 de octubre.
A diferencia del Registro Retributivo, que es descriptivo (recoge medias y medianas), la auditoría es analítica: identifica dónde se producen las brechas, por qué se producen y qué medidas concretas se van a tomar para corregirlas.
A qué empresas les es obligatoria
La auditoría retributiva es obligatoria para todas las empresas que tienen que elaborar un Plan de Igualdad, es decir:
- Empresas con 50 o más personas trabajadoras (por aplicación directa del RD 901/2020).
- Empresas de cualquier tamaño cuando lo establezca el convenio colectivo aplicable.
- Empresas cuya autoridad laboral haya acordado un plan de igualdad en sustitución de las sanciones accesorias.
Contenido mínimo del art. 8 RD 902/2020
La auditoría debe estructurarse en tres bloques obligatorios:
| Bloque | Qué exige la norma |
|---|---|
| 1. Diagnóstico retributivo | Evaluación de puestos de trabajo con criterios objetivos: adecuación, totalidad, objetividad. Medición de la brecha por categoría, grupo y puesto de igual valor. |
| 2. Análisis de causas | Identificación de factores que provocan las diferencias detectadas: composición de plantilla, sistema de clasificación profesional, política de complementos, política de promoción, contratación y jornada. |
| 3. Plan de actuación | Medidas correctoras concretas, plazos, personas responsables, indicadores de seguimiento y sistema de evaluación de resultados. |
La valoración de puestos: el corazón de la auditoría
La ley obliga a comparar puestos de igual valor, no solo puestos con el mismo nombre. Para ello se necesita un sistema de valoración de puestos con al menos cuatro criterios:
- Conocimientos y aptitudes requeridos (formación, experiencia, competencias).
- Iniciativa y autonomía en la toma de decisiones.
- Responsabilidad sobre personas, recursos o resultados.
- Condiciones de trabajo (esfuerzo físico, penosidad, riesgo, dedicación horaria).
Dentro de cada bloque se ponderan subfactores. El resultado es una puntuación por puesto que permite agrupar puestos "de igual valor" aunque tengan denominaciones distintas.
Tenemos una guía específica sobre valoración de puestos con la metodología recomendada.
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Cómo Organigrama Online acelera la auditoría
La ley no exige un formato único, pero sí que la parte cuantitativa esté correctamente calculada. Esto es lo que la aplicación cubre automáticamente:
El proceso clásico
- 3-6 meses de proyecto.
- Entre 4.000 € y 12.000 € de honorarios.
- Entrevistas, encuestas y análisis manual en Excel.
- Un único documento final; actualizarlo es otro proyecto.
La parte cuantitativa en 1 día
- Cargas la plantilla desde Excel (o foto con IA).
- Diagnóstico automático con las 3 tablas oficiales.
- Cuartiles salariales, brecha por concepto y por categoría.
- PDF regenerable cada trimestre sin volver a empezar.
- Plan Business (110 €/año) incluye los 3 informes legales.
Registro obligatorio de la auditoría y acceso de la RLT
La auditoría retributiva forma parte del Plan de Igualdad y, como tal, debe:
- Registrarse en el registro público de planes de igualdad (REGCON) dentro de los 15 días desde su firma.
- Estar a disposición permanente de la representación legal de los trabajadores (RLT).
- Actualizarse antes de los 4 años o cuando cambien sustancialmente las condiciones.
Sanciones por no realizarla o por defectos graves
La ausencia de auditoría en empresas obligadas es una infracción muy grave del art. 8 de la LISOS, con multas de 7.501 € a 225.018 €. Además, la empresa pierde bonificaciones de la Seguridad Social durante todo el periodo y puede ver anulados los planes de igualdad no registrados.