Cumplimiento normativo · Directiva UE 2023/970 · Transposición jun 2026

Directiva UE 2023/970: reporta la brecha salarial antes que la competencia*

La Directiva europea de transparencia retributiva se transpone el 7 de junio de 2026. Prepararlo ahora te ahorra el atasco de consultoras del año que viene. Aquí explicamos qué exige la Directiva, cómo calcular la brecha con cuartiles, cuándo salta el umbral crítico del 5% y cómo generas el informe oficial en PDF desde tu propio organigrama.

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Última actualización: julio de 2026 · Lectura aprox.: 10 min
Norma
Directiva (UE) 2023/970
Transposición
7 jun 2026 (España)
Umbral crítico
Brecha ≥ 5 %
Primer reporte
2027 (empresas ≥250)

Qué es la Directiva UE 2023/970 y por qué importa

La Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor. Es la mayor reforma europea de transparencia retributiva desde la Directiva 2006/54/CE, y obliga a todos los Estados miembros a adaptarla antes del 7 de junio de 2026.

Cuatro pilares principales:

Calendario de aplicación en España

La transposición debe estar en vigor el 7 de junio de 2026. A partir de esa fecha, la obligación de reporte se aplica escalonadamente según el tamaño de la empresa:

Jun 2026

Transposición

Adaptación nacional del RD 902/2020 al nuevo marco europeo. Derecho de información activo.

2027

Empresas ≥ 250

Primer reporte de brecha salarial. Frecuencia anual desde ese momento.

2027

Empresas 150-249

Primer reporte. Frecuencia trienal (siguiente en 2030).

2031

Empresas 100-149

Primer reporte. Frecuencia trienal (siguiente en 2034).

<100

Reporte voluntario

No obligadas al reporte periódico, sí al derecho de información individual del art. 7.

El umbral crítico del 5%

Este es el número clave que todo responsable de RRHH debe saber. Si la brecha retributiva media entre hombres y mujeres —en cualquier componente: sueldo base, complementos, extras o total— es igual o superior al 5% y la empresa no puede justificarla por factores objetivos no discriminatorios (responsabilidad, competencias, esfuerzo, condiciones), entonces se activan tres obligaciones:

Qué pasa si tu brecha supera el 5%

  • Evaluación retributiva conjunta con la representación legal de los trabajadores (art. 10 Directiva).
  • Plan de medidas correctoras con calendario, indicadores y seguimiento.
  • Reversión de la carga de la prueba en juicio: es la empresa quien debe demostrar que la diferencia obedece a criterios objetivos.

Nota importante: el 5% es el umbral europeo en cualquier componente, más estricto que el 25% del art. 28.3 LET aplicable al Registro Retributivo. En la práctica, cuando entre en vigor la transposición, ambos umbrales convivirán.

Comprueba tu brecha hoy

Nuestro informe calcula automáticamente la brecha por componente (base, complementos, extras) y global. Ves si estás por encima del 5% antes de que sea obligatorio reportarlo.

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Los cuartiles salariales: la novedad más útil

La Directiva introduce como pieza obligatoria la distribución por cuartiles salariales. El cálculo es simple:

  1. Ordenamos la plantilla completa por retribución total anual, de menor a mayor.
  2. Dividimos en 4 grupos del mismo tamaño (Q1: el 25% más bajo, hasta Q4: el 25% más alto).
  3. Para cada cuartil se reporta el número y porcentaje de hombres y mujeres.

Los cuartiles son un rayos X de la segregación vertical: si el Q1 (retribución baja) tiene un 70% de mujeres y el Q4 (retribución alta) tiene un 70% de hombres, es una señal clara de que el talento femenino no está llegando arriba en la organización. Independientemente de que la brecha media global sea baja.

Q4
75% H
25% M
Q3
60% H
40% M
Q2
45% H
55% M
Q1
30% H
70% M
Ejemplo de segregación vertical: mujeres concentradas en cuartiles bajos, hombres en altos. El indicador se lee de un vistazo.

Qué contiene nuestro Informe de Brecha Salarial UE 2023/970

Cuando descargas el PDF desde Organigrama Online, obtienes un documento de 4-5 páginas con estructura oficial, listo para archivar y para el reporte que empezará a ser obligatorio en 2027-2031. Estas son las secciones:

SecciónContenido
Cabecera y empresa Razón social, CIF, domicilio, CNAE. Periodo de referencia. Plantilla analizada y excluidas por datos incompletos.
Composición de la plantilla Total de personas con dato, desglose H/M con porcentajes.
Brecha por componente retributivo Sueldo base, complementos, extrasalariales y total. Media y mediana. Semáforo visual: verde (<2,5%), ámbar (2,5-5%), rojo (≥5%).
Alerta 5% Caja roja automática si la brecha total supera el 5% con la obligación de evaluación conjunta del art. 10. Caja ámbar informativa si la brecha es negativa (mujeres cobran más).
Cuartiles salariales Tabla de Q1 a Q4 con rango retributivo, N total, número y % H/M por cuartil.
Brecha por categoría profesional Personas en el mismo grupo profesional realizan trabajo de igual valor. Brecha dentro de cada categoría.
Notas legales 7 puntos referenciando la Directiva, calendario de aplicación por tamaño, derecho de información individual, evaluación conjunta y conservación de documentación.
Pie de firma + página Fecha, firma de la empresa, título del informe y numeración.

Todo esto lo genera la app automáticamente a partir de los datos legales que ya tienes cargados en el organigrama Avanzado. Sin volver a montar tablas ni cálculos.

Preguntas frecuentes

Somos una empresa de 80 personas. ¿Nos aplica ya?
La obligación formal de reporte empezaría en 2031 según el calendario europeo. Pero el derecho de información individual (art. 7) y la evaluación conjunta si la brecha supera el 5% aplican desde la transposición en junio de 2026. Es sensato empezar ahora a controlar los datos y saber en qué punto estáis.
¿La Directiva sustituye al Registro Retributivo del RD 902/2020?
No. Se solapan y ambos siguen vigentes. El Registro Retributivo (art. 5 RD 902) sigue siendo obligatorio para TODAS las empresas. La Directiva UE añade el reporte de brecha con cuartiles y el umbral crítico del 5% para empresas grandes y medianas. En la práctica, la transposición española probablemente refunde ambos en una obligación coordinada.
¿Qué pasa si la brecha es "negativa" (mujeres cobran más de media)?
La Directiva no exige medidas correctoras del art. 10 cuando la brecha es negativa. Pero conviene analizar la segregación por categoría (concentración por sexo en categorías de mayor retribución) porque puede estar ocultando una situación de discriminación estructural aunque el promedio sea favorable a las mujeres.
¿Publica el reporte de brecha en algún registro público?
La Directiva contempla que los reportes sean accesibles a los trabajadores y a la autoridad competente. En España, el mecanismo de acceso público se definirá en la ley de transposición, previsiblemente vinculado al portal de transparencia del Ministerio de Trabajo.
¿Qué diferencia hay entre brecha media y brecha mediana?
La media promedia todas las retribuciones y es sensible a valores extremos (un CEO puede subirla mucho). La mediana es el valor central: la persona que está justo en el medio de la distribución. La Directiva pide reportar ambas porque cuentan historias distintas: si la media da brecha alta y la mediana baja, indica que hay pocos hombres muy bien pagados. Si ambas dan brecha alta, el problema es estructural.
¿Se aplican los cuartiles también a nivel de categoría profesional?
Los cuartiles se calculan sobre la plantilla total. Pero el análisis por categoría profesional se hace en paralelo y su combinación es lo que revela realmente la segregación vertical: si las mujeres están en las categorías bajas (que a su vez pueblan Q1), la solución no es subir el sueldo sino revisar los procesos de promoción y clasificación.
Aviso: esta página tiene carácter divulgativo. Las fechas y umbrales pueden variar según la transposición nacional definitiva. Consulta a tu asesor laboral para la aplicación concreta. Fuente oficial de la Directiva: EUR-Lex 32023L0970. Última revisión: julio de 2026.

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